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Concejo Municipal Porteño aprueba Ordenanza por uso obligatorio de mascarillas en la vía pública

Concejo Municipal Porteño aprueba Ordenanza por uso obligatorio de mascarillas en la vía pública
Medida comienza a regir desde la próxima semana y su infracción podrá ser sancionada con una multa que va de 1 hasta 5 UTM. En caso de reincidencia se aplicará una multa de 5 UTM.

En el Concejo Municipal de Valparaíso se aprobó una ordenanza que hace obligatorio, a partir de la próxima semana, el uso de mascarillas, con el fin de colaborar con la prevención al contagio y propagación del virus denominado SARS Cov-2 causante de COVID-19.

Iniciativa que fue explicada por Nicolás Guzmán, director de Asesoría Jurídica, quien indico que “el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la “Ordenanza Municipal sobre adopción de medidas sanitarias frente a situaciones que signifiquen riesgos para la salud o vida de las personas”. Esta Ordenanza es muy relevante, porque además de servir de base para adoptar medidas de protección de la población de Valparaíso frente a otras catástrofes o emergencias futuras, establece regulaciones concretas para evitar la propagación del Covid-19”.

La medida implica además que toda persona que transite por bienes nacionales de uso público o se encuentre en recintos de propiedad municipal o que sean administrados por el municipio o utilicen el transporte público, deberá usar una mascarilla que cubra su nariz y boca. Así como también todas las personas que hagan uso de servicios, bienes municipales y bienes nacionales de uso público deberán mantener una distancia de otras personas de a lo menos 1.5 metros y evitar aglomeraciones que les impidan mantener la distancia antes señalada.

La ordenanza indica que la mascarilla podrá ser de cualquier material, que sirva para el fin de cubrir totalmente la boca y nariz, y se deberá manipular y desechar de forma segura, a fin de evitar propagación del virus.

Los inspectores municipales o Carabineros serán los encargados de fiscalizar el uso de la mascarilla, su transgresión será denunciada al Juzgado de Policía Local respectivo, para su conocimiento y sanción. La infracción a esta ordenanza podrá ser sancionada con una multa de 1 UTM hasta 5 UTM. En caso de reincidencia se aplicará una multa de 5 UTM.

Estas medidas aplican a todo el territorio de la comuna y se mantendrán vigentes en tanto duren las condiciones epidemiológicas, de acuerdo a lo que resuelva o instruya la autoridad sanitaria.

La idea es evitar la propagación del COVID-19 y proteger la salud de los porteños y porteñas, así lo indicó Alejandro Escobar, director de Salud de la Corporación Municipal de Valparaíso, quien sostuvo que “este conjunto de medidas que contiene la Ordenanza Municipal recientemente aprobada por el concejo, viene a reforzar un atarea que la Alcaldía Ciudadana ha venido desarrollado durante todo este tiempo, que es brindar de los instrumentos, mecanismos y acciones, tendientes a proteger a la ciudadanía y a una tarea que hemos estado abocados todo este tiempo que es contribuir a disminuir la propagación del virus Covid-19. Esa es la importancia que tiene esta ordenanza, esperamos que tengamos colaboración de todas y todos los porteños de poder cumplirlas por el bien común de todas y todos”.

Otras medidas

La ordenanza a la vez norma la labor de los propietarios o arrendatarios que administren y/o exploten comercialmente un establecimiento o administradores de servicios públicos, ellos deberán poner a disposición de los usuarios, elementos de higienización de manos, tales como alcohol gel o  agua y jabón, sobre todo aquellos que comercializan alimentos de consumo inmediato. En los recintos se deberá disponer de cualquier tipo de señalética que indique las medidas de distanciamiento, uso de mascarillas y evitar aglomeraciones.

Asimismo, en el caso de condominios se solicita que se vele por el uso de mascarillas en espacios comunes y en ascensores, si lo posee, así como la debida higienización de éstos.

En cuanto a los desechos domiciliarios y comerciales, se indica que deben ser debidamente almacenados, embolsados y sanitizados exteriormente, para prevenir la transmisión del virus en el exterior de la bolsa o contenedor dispuesta para su retiro por el servicio de recolección.

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